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Escala Salarial Vigente

Acuerdo Salarial Registro Nº: .-

Homologación: .-

Publicado B.O.: .-

Texto del acuerdo: Ver acta (.pdf).-

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 21 días del mes de Agosto de 2009, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 560/09 (C.C.T. Nº 560/09), en la sede de la Cámara Argentina de Fabricantes de Cartón Corrugado, representada por los señores Marino Pansini, Horacio Pardales, Roberto Lücke, Hugo Pastinante y Patricio Segovia; y por la Federación de Obreros y Empleados de la Industria del Papel, Cartón y Químicos, representada por los señores José R. Luque, Juaquín Díaz, Carlos Lamarque, Walter Herrera y Silvio Dornell. Ambas partes manifiestan que han acordado: incrementar en un veintiún por ciento los valores básicos de convenio, de la siguiente forma: un trece por ciento (13%) a partir del 1º de Agosto, y un ocho por ciento (8%) a partir del 1º de Noviembre de 2009, en forma no acumulativa.

Artículo 136º - Personal de Producción y Mantenimiento
Categoría Jornal / Hora en $
Hasta el 31-07-2009
Jornal / Hora en $
Desde el 01-08-2009
Jornal / Hora en $
Desde el 01-11-2009
Especial9,6910,9511,72
18,699,8210,51
28,069,119,75
37,458,429,01
46,837,728,26
56,507,357,87
66,207,017,50
Artículo 137º - Personal Administrativo Complementario
Categoría Valor Mensual en $
Hasta el 31-07-2009
Valor Mensual en $
Desde el 01-08-2009
Valor Mensual en $
Desde el 01-11-2009
Especial2.019,002.281,002.443,00
11.816,002.052,002.197,00
21.653,001.868,002.000,00
31.518,001.715,001.837,00
41.409,001.592,001.705,00
51.210,001.401,001.500,00
Adicionales y Subsidios
Concepto Monto en $
Hasta el 31-07-2009
Monto en $
Desde el 01-08-2009
Monto en $
Desde el 01-11-2009
Título Técnico
(Artículo 76º)
225,50254,80272,09
Viático
(Artículo 78º)
12,0413,6014,60
Subsidio Escolar
(Artículo 79º)
75,0084,8090,80

Con la finalidad de alinear los valores percibidos por la categoría 5º del Personal Administrativo, con el salario mínimo vital y móvil, éstos se reajustan tal como surgen de la tabla de referencia.

Las partes acuerdan que el presente acuerdo tendrá vigencia inmediata a su firma y hasta el 15 de Mayo de 2010, no debiendo esperarse la homologación del mismo por parte de la autoridad pertinente para su aplicación.

En lugar y fecha indicados, se firman tres ejemplares de un mismo tenor, uno para cada una de las partes y otro para el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.


Suma No Remunerativa Junio - Julio 2009

Acuerdo Salarial Registro Nº: .-

Homologación: .-

Publicado B.O.: .-

Texto del acuerdo: Ver acta (.pdf) presentada ante la autoridad laboral nacional.-

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 12 días del mes de junio de 2009, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 560/09 (C.C.T. Nº 560/09), en la sede de la Federación de Obreros y Empleados de la Industria del Papel, Cartón y Químicos, sita en avenida Osvaldo Cruz 2075 de esta ciudad, representada por los señores Blas Juan Alari, José R. Luque, Juaquín H. Díaz, Alberto Porto, Mártires Cubilla, Jorge O. Lires, Silvio Dornell y Walter Herrera, y los señores Hugo Pastinante, Horacio Pardales, Pascual Ferrugio, Patricio Segovia, Marino Pansini y el Dr. Roberto Lücke, en representación de la Cámara Argentina de Fabricantes de Cartón Corrugado. Ambas partes manifiestan que, en el marco del convenio colectivo de trabajo premencionado, han acordado que:

  1. Las empresas abonarán a todo el personal incluido en el C.C.T Nº 560/09 una suma fija de carácter no remunerativo y por única vez, de la siguiente forma: por el mes de mayo de 2009, $ 100 (pesos cien), que se pagará el 24/06/2009; por el mes de junio de 2009, $ 250 (pesos doscientos cincuenta), que se pagará el 03/07/2009; y por el mes de julio, $ 250 (pesos doscientos cincuenta), que se pagará el 03/08/2009.
  2. Las empresas realizarán una contribución a su cargo por única vez a la Obra Social del Personal del Papel, Cartón y Químicos de $ 54 (pesos cincuenta y cuatro) por cada trabajador comprendido en el C.C.T. Nº 560/09, que depositarán en tres cuotas proporcionales a lo establecido en la cláusula anterior, directamente en la cuenta Banco de la Nación Argentina Nro. 50021995 CBU Nro. 0110005120000500219957 al efectuarse el pago de cada una de las cuotas previamente establecidas.
  3. Asimismo, las partes acuerdan reabrir las negociaciones para la revisión salarial prevista convencionalmente a partir del día 08 de julio de 2009, en reunión que se realizarán en la sede de la Cámara empresaria que suscribe en presente, dejando establecido que los salarios y todo otro rubro económico que se acuerden en el marco de las mismas, tendrán vigencia a partir del 1º de agosto de 2009.

Las partes establecen que el presente acuerdo será de aplicación inmediata a su firma, suscribiéndose cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, para ser elevado a la autoridad nacional de aplicación, a los efectos de su homologación.


Convenio Colectivo de Trabajo Nº 560/09

Homologación: Resolución de la Secretaría de Trabajo de la Nación Nº 599/09 (.pdf) del 26 de mayo de 2009.-

Publicado B.O.: .-

Vigencia: Desde el 01/05/2008 al 30/04/2010.-


Topes Indemnizatorios

Fecha de
Entrada en Vigencia
Base
Promedio
Tope
Indemnizatorio
Norma
Homologatoria
Registro
01/08/2008 $ 1.562,23 $ 4.686,69 Res. S.T. Nº 762/09 (.pdf) -
01/05/2008 $ 1.437,00 $ 4.311,00
01/01/2008 $ 1.249,62 $ 3.748,85 Res. S.T. Nº 1029/07 (.pdf) -
01/07/2007 $ 1.178,69 $ 3.536,08
01/04/2007 $ 1.122,62 $ 3.367,85
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